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Aumento de la luz: la Justicia suspendió la suba en la Provincia

El aumento de la luz quedó suspendido por una medida cautelar de la Justicia bonaerense, que ordenó restablecer el cuadro tarifario anterior y cuestionó la falta de participación de los usuarios.

Aumento de la luz: la Justicia suspendió la suba en la Provincia
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La Justicia frenó el aumento de la luz en la Provincia y ordenó volver al cuadro tarifario anterior

Una medida cautelar dictada en Bahía Blanca suspendió la Resolución 585/2026 y alcanzó a EDEA, EDES, EDEN y EDELAP. El juez cuestionó, en esta instancia, que las actualizaciones tarifarias se aplicaran sin una nueva audiencia pública o mecanismo adecuado de participación de los usuarios.

La factura de luz tiene esa particularidad argentina: uno la mira, suspira y paga. Pero esta vez alguien decidió mirar qué había detrás del número.

La Justicia bonaerense suspendió la aplicación de la Resolución 585/2026 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos y ordenó restablecer el cuadro tarifario anterior para los componentes provinciales de la electricidad.

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La decisión fue tomada por el Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 de Bahía Blanca, a cargo del juez Agustín López Cóppola, a partir de una presentación del Defensor del Pueblo bonaerense, Guido Lorenzino. La medida alcanza a EDEA, EDES, EDEN y EDELAP.

Y hay un detalle que importa mucho para los usuarios: si ya se cobraron los importes alcanzados por la medida, deberán ser imputados a favor del usuario en la próxima factura.

Aumento de la luz: qué cuestionó la Justicia bonaerense

El expediente comenzó con una demanda de la Defensoría del Pueblo contra las cuatro distribuidoras y la Provincia de Buenos Aires.

El planteo apuntó contra la actualización de distintos componentes provinciales de la tarifa, principalmente vinculados con el Valor Agregado de Distribución (VAD), que comenzó a aplicarse sobre consumos registrados desde agosto.

La Defensoría sostuvo que los nuevos valores fueron establecidos sin una audiencia pública previa que permitiera informar y escuchar a los usuarios.

La Provincia respondió que los incrementos formaban parte de una “Etapa de Transición Tarifaria” iniciada después de la emergencia energética y económica y que los criterios generales ya habían sido sometidos a consideración en audiencias realizadas en 2016.

Es decir: para el Gobierno bonaerense, no se trataba de arrancar una discusión tarifaria desde cero.

El problema fue que el juez miró el calendario.

Diez años después, la audiencia pública volvió al centro de la escena

El fallo recuerda que las últimas audiencias mencionadas por la Provincia se realizaron en diciembre de 2016, en Olavarría y La Plata.

Desde entonces pasaron casi diez años.

En el medio hubo numerosas resoluciones que fueron modificando transitoriamente los costos propios de distribución.

La Provincia argumentó que esos ajustes se encontraban dentro de un esquema tarifario previamente establecido y que incluso los incrementos habían quedado por debajo de la fórmula de actualización contemplada en la normativa.

Pero el magistrado consideró relevante que no se hubiera acreditado una nueva audiencia pública —u otro mecanismo adecuado de información y participación— antes de las sucesivas actualizaciones.

Para el juez, el tiempo transcurrido desde aquella instancia de participación resulta relevante frente a los criterios establecidos por la jurisprudencia.

Y ahí aparece una cuestión que excede esta factura.

Qué pasa ahora con las facturas de EDEA, EDES, EDEN y EDELAP

La resolución judicial no constituye una sentencia definitiva sobre la validez de la Resolución 585/2026. Se trata de una medida cautelar mientras continúa el proceso judicial.

Pero sus efectos son concretos.

La Justicia ordenó suspender la resolución y restablecer el cuadro tarifario anterior respecto de los componentes provinciales.

Además, dispuso que las distribuidoras no apliquen ese cuadro ni próximos que se dicten sin la debida participación previa de los usuarios.

Si un usuario ya pagó importes correspondientes a los valores cuestionados, esos montos deberán ser imputados a la próxima factura.

Para quienes reciben el servicio de EDEA, la decisión tiene un impacto particular en buena parte de la Costa Atlántica bonaerense.

No alcanza, en cambio, a Edenor y Edesur, porque esas distribuidoras se encuentran bajo regulación nacional, ni a las cooperativas eléctricas.

La discusión que queda abierta

El Gobierno provincial defendió el esquema de transición tarifaria. La Defensoría cuestionó que una transición pueda prolongarse durante años sin una nueva instancia de participación ciudadana.

La Justicia, por ahora, tomó una posición cautelar: entendió que había elementos suficientes para suspender la aplicación de la resolución mientras se discute el fondo.

La pregunta que queda flotando es bastante más sencilla que cualquier expediente judicial.

¿Cuánto tiempo puede durar una tarifa “transitoria” antes de que deje de ser transitoria?

Porque una cosa es actualizar una tarifa dentro de un esquema conocido.

Otra es que el usuario se entere del nuevo precio cuando la factura ya llegó.

Y ahí la discusión deja de ser solamente jurídica.

Termina, como siempre, en la mesa de la cocina.

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